Derecho de las personas jurídicas

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, junto con la ley son fuente del Derecho civil vasco, la costumbre y los principios generales que lo informan. Cuando la costumbre no sea notoria, deberá probarse, por cualquier medio válido en Derecho, incluyendo los documentos que contengan actos representativos de usos jurídicos, así como por medio de las prácticas de hecho sean exponentes de esos mismos usos o de los textos históricos que, sin tener valor jurídico, lo sean igualmente. Por ejemplo:

  • Escrituras de constitución de hermandades, cofradías, mutualidades, cooperativas, fundaciones y asociaciones.
  • Otras fuentes sobre usos y costumbres: